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martes, 8 de diciembre de 2015

Subsidio para mayores de 55 años (Ayuda o desgracia? 2

Vamos a analizar detalladamente  esta NOTIFICACIÓN (sentencia) para ver detalladamente su contenido.
Se alega por parte del SEPE que según la información obrante  en este servicio público de empleo estatal, se han producido determinadas circunstancias que afectan a las prestaciones  del subsidio de desempleo para mayores de 55 años.
Y acto seguido se pronuncian en decir que se han superado el límite establecido de rentas
¿Qué tenemos que ser formales o informales? ¿Cómo es que llega a su conocimiento  y que según ellos se han superado el límite establecido de rentas?
Y por otro lado dicen que no se comunicó, seguramente anteayer de que ocurrieran los hechos, porque eso sería una buena comunicación para ellos si no se comunicó ¿por qué tienen ellos conocimiento?
¿Hay alguna ley que infrinja otra ley u otras leyes? Sí Las del SEPE
El Artículo 25 en su párrafo 1 de la constitución Española dice claramente:
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
Os explico yo no soy abogado, pero como ahora dispongo de tiempo, voy interesándome en las leyes y os explico por la virtud que me concede el ART. 20 de la ley antes comentada:
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Para poder explicaros esto claramente hemos de recoger las normas existentes antes de que se sacara esta nueva ley  hasta 2014 y para mayores de 55 años, ya que antes era para mayores de 52 años y era totalmente distinta en muchos de sus puntos, que como os comentaba al principio, si hay alguien que le gusta mucho variar las leyes, esos son los funcionarios del SEPE, aunque para ello infrinjan preceptos de otras leyes como puede ser  la DUDH (Declaración Universal de los derechos Humanos)que la infringen y bien infringida.
Cuando una persona  cobra este subsidio es porque, además de haber cumplido 55 años, tiene estas circunstancias:
1.-Se ha terminado la prestación contributiva (que tiene un máximo de 24 meses a cambio de 6 años de cotización y que son los mismos 24 meses si los años cotizados son 30).
2.- No percibe rentas de cualquier naturaleza superior al 75% del salario mínimo interprofesional, es decir, no supera los 483,98 euros/mes, y la renta media de la unidad familiar tampoco puede  superar esa cantidad. Aquí hay que hacer mención que en el subsidio de mayor de 52 no se recogía las rentas de  la unidad familiar, si no solo la del demandante, que lógicamente si no tenía ingresos, se lo concedían, pues este punto fue cambiado por los señores del SEPE para su beneficio y en pro y contra de los Derechos Humanos de las personas, como se recoge en su ART.25 de la DUDH
3.-Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, esto es, haber cotizado al menos durante 15 años, dos de los cuales deberán estar dentro de los quince últimos. Aquí volvemos otra vez a transgredir  la DUDH privando a la persona del derecho al subsidio, bastante tiene la persona al no  haber podido trabajar los  últimos años, si está muerto le terminamos de rematar.
La modificación de requisitos que se hizo sobre el antiguo subsidio de 52 años y que lo convirtió en el “Subsidio para mayores de 55” provoca que en determinadas ocasiones aceptar un trabajo pueda significar perder la ayuda.
Y aquí viene lo más interesante, no quieres caldo toma tres tazas.
Se ha producido un cobro indebido, o como les gusta decir “DESCUBIERTO TOTALahora si que me acojonaron ya del todo , no tengo donde caerme muerto y me piden una cantidad que no podré pagar en lo que me quede de vida, ya que mis ingresos son 0 así como suena, es fastidioso tener que decir que vivo y como porque mi mujer trabaja, que no es mucho lo que gana pero de ello tenemos que vivir mis 2 hijos menores de 26 años, mi mujer pagos de luz, agua, comunidad en fin todos los gastos que pueda tener cualquier familia. Y ya van 4 meses sin coger ni un euro.
Ya que en este país parece ser que un simple funcionario tiene más poder que un Juez, ¡no me lo puedo creer¡ pero así es

Todo esto con 856 Euros escasos ¿Estos señores se pinchan o se grapan?
Seguiremos hablando en documentos posteriores ya que esto no tiene desperdicio, puedes hacer tus comentarios o vivencias si te ha pasado lo mismo, gracias.

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